Criterios ESG en la contratación pública

Los criterios ambientales, sociales y de buen gobierno ayudan a lograr un desarrollo económico sostenible y respetuoso con el medio ambiente y la sociedad
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Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD, por sus siglas en inglés), la contratación pública de sus países miembro representa una media del 12 % de su PIB. Se trata de una cifra lo suficientemente relevante como para que pueda ayudar a que las empresas mejoren sus prácticas ambientales, sociales y de buen gobierno (ESG, por sus siglas en inglés). ¿Quieres saber de qué manera?

Tradicionalmente, a la hora de lanzar un concurso para adjudicar un contrato público existen una serie de criterios que se tienen en cuenta, principalmente económicos y de calidad: quien se comprometa a ejecutar la obra en tiempo y forma requeridos por el menor precio recibe la adjudicación. Sin embargo, en los últimos tiempos la inclusión de criterios ESG en la contratación pública está avanzando.

Estos criterios, que contribuyen de manera muy positiva al desarrollo de un país, no sólo se limitan a las condiciones de adjudicación, sino que también son analizados en la ejecución y las demás fases del contrato. Bajo esta premisa, las empresas que quieran ganar los contratos públicos deberán incluir prácticas de sostenibilidad, tales como la inclusión de un plan de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, certificaciones medioambientales, centros especiales de empleo, etc. 

Los criterios ESG o cómo convertir la contratación pública en un motor para incentivar la sostenibilidad en las empresas

 Criterios ambientales en la contratación pública

En términos de contratación pública, la Estrategia Europa 2020 sitúa a esta herramienta como un elemento clave para lograr ese crecimiento de manera inteligente, sostenible e integradora. Bajo esta agenda, la Directiva Green Public Procurement (GPP) busca que los países miembro de la Unión Europea hagan uso de su poder económico para contratar bienes, servicios y obras con el mínimo impacto ambiental posible y así contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el octavo (trabajo decente y crecimiento económico) y el noveno (industria, innovación e infraestructura).

La Directiva GPP puede impulsar la innovación y brindar a la industria incentivos para desarrollar trabajos, productos y servicios respetuosos con el medioambiente. También puede suponer un importante ahorro para la administración si se tiene en cuenta toda la duración de un contrato y no sólo el precio de compra. Además, las autoridades que implementan GPP estarán mejor preparadas para enfrentar desafíos ambientales a medio y largo plazo, por ejemplo para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero o avanzar hacia una economía circular.

Criterios sociales y de buen gobierno en la contratación pública

Dentro de estos criterios, cobran especial importancia los criterios sociales y de buen gobierno. Por ejemplo, se toman en consideración condiciones de especial protección tales como la contratación de personas con discapacidad y de grupos en riesgo de exclusión social, ; el impulso de las Pymes –reducción de trabas burocráticas-; la prohibición de adjudicar contratos a empresas que operen en paraísos fiscales; el cumplimiento de los derechos humanos, tanto internamente como en la cadena de suministro; programas de igualdad de género (eliminación del techo de cristal, equidad salarial y de cargos), etc.

Pero todavía quedan retos pendientes. La implementación de estos criterios tiene recorrido y condicionará la legislación, la formación, la cooperación con las autoridades competentes, la armonización sectorial, etc., aspectos que todavía hoy están por desarrollar pero que sin duda harán de los criterios ESG una importante arma en la lucha por un desarrollo económico, social y ambiental.

 

Fuentes: Ágora RSC, Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos II, Comisión Europea, Corresponsables, Ágora RSC II, Comisión Europea II, El Economista, Ecopost, Comisión Europea III, Comisión Europea IV y El Mundo.